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Profesionales taurinos advierten de posibles incongruencias administrativas en la certificación de la Seguridad Social sobre actuaciones de directores de lidia

  • 14 mar
  • 2 Min. de lectura

En los últimos años, distintos profesionales del sector taurino han venido trasladando dudas sobre la forma en que determinadas actuaciones realizadas en festejos taurinos populares están siendo identificadas administrativamente dentro del sistema de Seguridad Social.


La cuestión gira en torno a la figura del director de lidia, una función técnica que se desempeña en numerosos festejos populares y que puede ser asumida por profesionales taurinos legalmente habilitados, como matadores de toros, banderilleros o novilleros con picadores.


Desde un punto de vista normativo, el ordenamiento taurino distingue claramente entre dos conceptos diferentes: por un lado, la categoría profesional del actuante, que deriva de su inscripción en el Registro General de Profesionales Taurinos; y por otro, la función concreta que desempeña dentro del espectáculo.

Sin embargo, según la problemática que se está analizando en el sector, en algunos supuestos las actuaciones realizadas en festejos populares estarían siendo certificadas administrativamente bajo la sola denominación de “director de lidia”, sin que en el documento conste de forma clara la categoría profesional del actuante.


Esta cuestión puede tener relevancia práctica, ya que dentro del sistema de Seguridad Social de los profesionales taurinos determinadas prestaciones, como la jubilación anticipada prevista para el sector, dependen del número de actuaciones acreditadas en categorías profesionales específicas. 


Cuando una actuación profesional se identifica únicamente mediante la función desarrollada dentro del festejo, puede generarse cierta dificultad a la hora de mantener la coherencia entre tres elementos fundamentales del sistema: la categoría profesional del actuante, el régimen de cotización aplicado y el reconocimiento posterior de derechos prestacionales. 


Conviene recordar que los festejos taurinos populares forman parte del ámbito taurino regulado y que la intervención de profesionales habilitados en este tipo de espectáculos genera obligaciones laborales y de Seguridad Social, del mismo modo que ocurre en otros espectáculos taurinos. 


Diversos profesionales del sector consideran conveniente avanzar hacia una mayor claridad administrativa que permita garantizar que las certificaciones de actuaciones profesionales reflejen correctamente tanto la categoría profesional del actuante como la función desempeñada en el festejo.


Con el objetivo de contribuir a este debate técnico, Torosocial ha elaborado un informe jurídico y técnico en el que se analizan las posibles incongruencias administrativas detectadas en la certificación de estas actuaciones y su posible impacto en el historial profesional y prestacional de los profesionales taurinos. 


El informe plantea la conveniencia de reforzar la coherencia entre la normativa taurina, el sistema de cotización de la Seguridad Social y el reconocimiento posterior de derechos laborales y prestacionales del colectivo.


Desde Torosocial se ha trasladado este análisis a las instituciones competentes con el ánimo de contribuir a una solución técnica que aporte claridad al sistema y refuerce la seguridad jurídica de los profesionales taurinos.

 
 
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